Personas Adultas
1. Presentación
Este protocolo tiene como objetivo prevenir, detectar y actuar ante cualquier forma de violencia sexual que afecte a personas adultas en el ámbito deportivo. El Club Natació Badia se compromete a garantizar un entorno seguro, respetuoso y libre de comportamientos que vulneren la integridad y dignidad de sus miembros, tanto deportistas como técnicos/as, directivos/as, personal y colaboradores/as.
2. Marco normativo
Este protocolo se basa en la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, la Ley Orgánica 10/2022 de garantía de la libertad sexual, y el Código Penal español, que establece como delitos el acoso sexual, los abusos y las agresiones sexuales. También se inspira en la ‘Guía sobre violencia sexual en el deporte para personas adultas’ elaborada por la Generalitat de Catalunya.
3. Ámbito de aplicación
Este protocolo se aplica a todas las personas mayores de edad que formen parte del Club, incluidas:
– Deportistas.
– Entrenadores/as y personal técnico.
– Personal directivo, administrativo y de servicios.
– Colaboradores/as y voluntariado.
4. Definición de violencia sexual
La violencia sexual comprende cualquier conducta de índole sexual no deseada que tenga por objeto o efecto atentar contra la dignidad, crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante. Puede manifestarse en forma de:
– Comentarios o insinuaciones sexuales no deseadas.
– Contacto físico inadecuado.
– Presión o chantaje sexual.
– Exhibicionismo, pornografía, o tocamientos no consentidos.
– Cualquier acto sexual sin consentimiento.
5. Prevención
– Formación continua sobre violencia sexual para todo el personal.
– Revisión de espacios de riesgo (vestuarios, salas cerradas, desplazamientos).
– Uso adecuado de redes sociales y mensajería.
– Existencia de códigos de conducta firmados.
– Campañas de sensibilización y espacios de confianza.
6. Detección y notificación
Toda persona que observe, sufra o reciba una revelación de violencia sexual debe informar al/la Delegado/a de Protección del Club. El Club asegura un canal de comunicación confidencial, respetando la voluntad de la persona afectada, y pondrá en marcha las medidas necesarias para su protección.
7. Delegado/a de Protección
Es la persona responsable de coordinar la prevención, recibir notificaciones y activar los protocolos de actuación. No podrá formar parte del cuerpo técnico o directivo inmediato. Será una persona formada en materia de género y violencia sexual.
Nombre y contacto: (por designar)
8. Actuación ante casos
– Escucha activa y sin juicios a la persona afectada.
– No minimizar, justificar ni culpabilizar.
– Garantizar su seguridad inmediata.
– Activar derivación a servicios especializados (SIAD, SIE, atención sanitaria o jurídica).
– Seguir los pasos legales en caso de delito.
– Aplicar medidas internas preventivas y cautelares.
9. Seguimiento y revisión
El protocolo se revisará de forma anual o tras cada incidencia, con el objetivo de adaptarse a las circunstancias reales del Club y de mejorar sus mecanismos de prevención y respuesta.
10. Recursos de atención
– Teléfono 112 (emergencias)
– Línea contra la violencia machista: 900 900 120
– Servicios de atención a las mujeres (SIAD)
– Gabinete de género del Consell Català de l’Esport
– Delegación del Gobierno contra la violencia de género.